Conforme al artículo 2810 del código civil de Quintana Roo y el 2554 del código civil federal es un MANDATO, instrumento el cual consta de tres facultades que son las siguientes:
Conforme al artículo 2810 del código civil de Quintana Roo y el 2554 del código civil federal es un MANDATO, instrumento el cual consta de tres facultades que son las siguientes:
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