Tip del Notario
Por: Ricardo Dehesa
Notario titular de la Notaría 90
Medios de solución de controversias
Las controversias por regla general se deben de resolver ante los tribunales establecidos por el Estado, sin embargo, existen otros medios de solución de controversias como es la mediación, conciliación y el arbitraje al cual nos referiremos en esta ocasión. El arbitraje es un proceso excepcional que debe pactarse por las partes que desean someter sus controversias por medio de este procedimiento, no es un mecanismo de impartición de justicia más bien es un método alternativo para resolver un conflicto el cual está regulado por la legislación mexicana, para las materias civil y mercantil.
“El arbitraje es el desarrollo procesal de un convenio privado en el que acuerdan solucionar una posible controversia futura entre las partes involucradas en un acto jurídico. Ante un árbitro o un tribunal arbitral independiente; los términos básicos de su función, indican el derecho aplicable al fondo de la controversia y las reglas del procedimiento arbitral; cuando existe acuerdo arbitral este prevalece sobre el procedimiento judicial”.
El arbitraje como se señaló con antelación es un procedimiento de solución de controversias que contribuye y auxilia a la administración de justicia, esta función que también nos compete a los notarios públicos, no en nuestro ejercicio notarial sino como profesionales del derecho, en el cual podemos ser mediadores, árbitros o secretarios de un procedimiento arbitral, nuestra función se caracteriza por la fusión entre el servicio público y el asesoramiento profesional independiente e imparcial.
Algunas de las ventajas del arbitraje son:
- Evitan la incertidumbre y demora como en los procedimientos judiciales ordinarios.
- La reducción del tiempo en la resolución disminuye los costos.
- La privacidad del proceso.
- Solución amigable.
- Posibilidad de elegir árbitros.
- Flexibilidad en el trámite del conflicto conforme a la voluntad de las partes.
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